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¿Te piden demasiados papeles al comprar obra nueva en Córdoba? Descubre por qué es una garantía para ti

comprar obra nueva Córdoba

Adquirir una vivienda es una de las decisiones más importantes en la vida de muchas personas. Sin embargo, además de la emoción de estrenar un hogar, también es habitual encontrarse con procesos administrativos que pueden resultar tediosos. Uno de ellos, y que genera confusión entre los compradores, es el cumplimiento de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (LPBCFT) por parte de las Promotoras. En este artículo, abordaremos en qué consiste esta normativa, por qué las promotoras están obligadas a recabar determinada documentación y por qué este procedimiento es esencial tanto para el sector inmobiliario como para los compradores de obra nueva.

¿Qué es la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales?

La Ley 10/2010, de 28 de abril, establece medidas para prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Aunque pueda parecer un asunto reservado a grandes transacciones internacionales o actividades sospechosas, la realidad es que todas las Empresas y sectores que manejen importantes flujos económicos están obligados a cumplirla. Esto incluye, por supuesto, a las Promotoras Inmobiliarias.

En términos sencillos, la Ley exige que las Promotoras identifiquen y verifiquen la identidad de sus clientes y el origen de los fondos con los que se adquiere la vivienda. Esto implica solicitar documentación que permita justificar la procedencia lícita del dinero, así como recabar información sobre la actividad profesional y la situación financiera del comprador. De esta manera, se asegura que las operaciones inmobiliarias no sirvan como herramienta para ocultar dinero de procedencia ilícita.

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¿Por qué las Promotoras solicitan tanta documentación?

Es común que, durante el proceso de compra de obra nueva, la promotora solicite documentos como el DNI o pasaporte, la declaración de la renta, certificados bancarios, nóminas, escrituras de otras propiedades y justificantes de transferencias. Para muchos compradores, este requerimiento puede resultar incómodo, especialmente si se percibe como innecesario. Sin embargo, detrás de esta solicitud hay razones de peso:

Obligación legal: Las Promotoras son sujetos obligados según la LPBCFT y, como tales, deben cumplir estrictamente con la normativa. De lo contrario, se enfrentan a sanciones económicas e incluso a la paralización de sus operaciones.

Responsabilidad compartida: Cumplir con esta Ley no solo protege a las Promotoras, sino también al comprador. Si se detectan irregularidades en una transacción, es mejor que esto ocurra antes de firmar un contrato, evitando complicaciones legales a futuro.

Transparencia y confianza: La recopilación de esta información fomenta un mercado más transparente y fiable, protegiendo tanto al sector como a los consumidores.

¿Qué sucede si una Promotora no solicita esta información?

Uno de los puntos más importantes a destacar es que, si una Promotora no está pidiendo esta documentación, es probable que no esté cumpliendo con la Ley. Este incumplimiento no solo pone en riesgo a la Empresa, sino que también puede comprometer al comprador. Si la operación es cuestionada en un futuro, las autoridades podrían investigarla, generando complicaciones legales tanto para la Promotora como para los implicados.

Por ello, si alguna Promotora asegura que no es necesario presentar estos documentos, es fundamental que los compradores se informen y se pregunten si están adquiriendo su vivienda a través de una Empresa que opera dentro del marco legal.

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¿Por qué no debe preocuparte cumplir con estos requisitos?

Aunque inicialmente pueda parecer un trámite engorroso, cumplir con estas solicitudes no debería preocupar a los compradores honestos. De hecho, presentar la documentación solicitada tiene varias ventajas:

Protección jurídica: Al aportar la información requerida, el comprador respalda la legalidad de la transacción y evita futuras complicaciones legales.

Seguridad del proceso: Las Promotoras que cumplen con la normativa suelen ser más fiables, ya que demuestran un compromiso con la transparencia y las buenas prácticas.

Confidencialidad: Los datos recabados están protegidos por la Ley de Protección de Datos (LOPD), lo que garantiza que la información personal y financiera de los compradores no será utilizada para otros fines.

Contribución al sistema: Al cumplir con estos requisitos, los compradores ayudan a combatir el blanqueo de capitales y la financiación de actividades ilícitas, promoviendo un sector inmobiliario más limpio y ético.

Legalidad y confianza como pilares de la compra de Obra Nueva en Córdoba

En un sector tan relevante como el Inmobiliario, garantizar la legalidad y la transparencia en todas las operaciones es esencial.

Si una Promotora solicita información exhaustiva durante el proceso de compra, no es por desconfianza hacia el comprador, sino porque está cumpliendo con su deber legal. Por el contrario, si una Promotora no solicita esta documentación, es motivo de alerta, ya que podría estar actuando al margen de la Ley.

En definitiva, como comprador, cumplir con estos requisitos no solo es una obligación, sino también una oportunidad para garantizar que tu inversión se realiza de forma segura y dentro del marco legal. Tu tranquilidad y la confianza en el proceso lo merecen.

 

Hosting

Juan Manuel Gomez - obranuevaencordobaAutor: Juan Manuel Gómez Carmona.

Consultor Inmobiliario – Arquitecto Técnico, Creador de obranuevaencordoba.es, obranuevaenmalaga.esobranuevaensevilla.es y obranuevaengranada.es

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