El pasado 31 de octubre fue publicado en el BOJA la convocatoria de ayudas al alquiler a los jóvenes, una convocatoria que se hacía esperar pues se estableció en el Consejo de Ministros a primero de año. Es el denominado Bono alquiler Joven en Andalucía, que supone una ayuda de 250 euros mensuales para el pago del alquiler de viviendas por jóvenes de entre 18 y 35 años.
A pesar de la tardanza en tramitarse si es positivo que tendrá carácter retroactivo, por lo que quien acceda a él podrá beneficiarse de esta ayuda mensual desde el mes de enero de este 2022.
Requisitos para obtener el Bono Alquiler Joven en Andalucía
Para optar a la ayuda será necesario que, como hemos comentado, tengas entre 18 y 35 años. Asimismo, enumeramos los siguientes requisitos que establece la Junta de Andalucía:
- Poseer la nacionalidad española.
- Ser titular en el momento de la solicitud de un contrato de alquiler de vivienda o contrato de alquiler de habitación o incluso un compromiso de contrato suscrito por arrendador y arrendatario.
- Disponer de una fuente regular de ingresos.
- No superar los ingresos mensuales previstos, que varían en función de ser una sola persona (23.725,80 euros anuales) a ser unidades familiares o de convivencia no unipersonales (31.634,49 euros anuales).
- No sobrepasar las rentas máximas, que se establecen en función del municipio y del tipo de contrato. Para Córdoba capital se establece en 900 euros para una vivienda y 380 euros para una habitación.
Creo que son complicadas las opciones para aquellos que no tengan algo ya alquilado, no veo a los posibles arrendadores esperando a que le den la ayuda a una persona, sabiendo los plazos tan largos que se suelen manejar en estas situaciones. Es más factible conceder la ayuda con el compromiso de buscar vivienda y una vez se tenga ya hacerse efectiva.
Características de las ayudas
El importe del Bono Alquiler Joven en Andalucía es de hasta un máximo de 250 euros mensuales. La ayuda podrá tener un importe inferior al expresado en caso de ser la última a abonar antes de crédito presupuestario.
El periodo subvencionable podrá alcanzar hasta los 24 meses, que han de ser naturales, completos y consecutivos.
El gasto subvencionable es la parte que corresponda hacer frente a la persona beneficiaria. No serán subvencionables las rentas derivadas de anejos a la vivienda, ni otros gastos reflejados en el contrato de alquiler (garajes, trasteros o gastos de la comunidad).
El periodo subvencionable se iniciará con carácter general en una fecha anterior a la fecha de solicitud, siendo el primer mes subvencionable enero de 2022, salvo excepciones, y en el caso de los compromisos de contrato que serán en una fecha posterior a la solicitud.
Tramitación del Bono Alquiler Joven en Andalucía
La Junta de Andalucía ha elaborado un Manual para facilitar la solicitud de las ayudas. Aunque llama la atención que tiene 39 páginas, lo cual ya nos lleva a pensar que hay que casi estudiar para presentar la solicitud.
Destacar en primer lugar que la tramitación será obligatoriamente por vía digital y que será necesario contar con certificado digital del solicitante. Algo que a la generación a la que va dirigido no debía serle extraño.
Puedes obtener el Manual para rellenar la solicitud del Bono Joven al Alquiler de Vivienda clicando aquí o en la imagen
Accede al portal de la Junta de Andalucía para tramitar las ayudas en este enlace
Autor: Juan Manuel Gómez Carmona.
Consultor Inmobiliario – Arquitecto Técnico, Creador de obranuevaencordoba.es , obranuevaenmalaga.es y obranuevaensevilla.es
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